¿Conoces las ventajas tributarias de formalizar tu emprendimiento?

Además de los beneficios como el cambio de mentalidad y el orden de finanzas; la formalización de la empresa permite obtener ventajas tributarias importantes ¡Descúbrelas acá!

Cuando recién emprendemos nos volvemos una especie de pulpos. Tenemos que estar pendientes y tomar múltiples responsabilidades. Tantas, que muchas veces toca dejar tareas pendientes para el futuro. Uno de los trámites que la mayoría dejan dentro de sus pendientes es la formalización de su emprendimiento, ya que realizar este trámite en un comienzo significa solo gastos y no ayuda a incentivar las ganancias de los negocios que se encuentran desarrollando. Pero ojo, lo anterior es un gravísimo error.

¿Por qué es necesario cambiar la mentalidad y formalizar el emprendimiento?

En el mundo tributario existen diferentes regímenes tributarios que las empresas pueden acceder y que trae consigo múltiples ventajas, siendo requisito esencial de aquello, estar investido de un ropaje jurídico especial, sea una Sociedad por Acciones, Sociedad Anónima, entre otros.  Dentro de las principales ventajas que podemos mencionar se encuentran: 

  1. POSIBILIDAD DE OPTAR A REGÍMENES ESPECIALES.

Como ya se mencionó, existen distintos regímenes tributarios, entre los cuales hay regímenes que permiten acceder a una cuota menor de impuesto a la que se encuentran afectos las personas naturales, a saber, una cuota de un 25% o 27% versus una cuota que puede llegar hasta el 40% dependiendo de las ganancias personales de cada persona. 

  1. GASTOS DE ORGANIZACIÓN Y PUESTA EN MARCHA.

Otro beneficio que pueden optar los emprendedores al formalizar su emprendimiento es atribuir los gastos iniciales de sus negocios a los impuestos a pagar como empresa, es decir, si en la formalización de mi negocio, la contratación de un abogado, gastos de escritura, marketing; incurro en x cantidad, puedo descontar este valor x al impuesto que debo pagar, descontando el monto final. 

  1. POSTERGACIÓN DE DOS MESES EN EL PAGO DEL IVA.

A las empresas acogidas al régimen Pro-Pyme y aquellas con un promedio anual de ingresos durante los 3 últimos ejercicios comerciales que no supere las 100.000 UF, se les permite realizar una postergación en el pago del IVA permitiendo liquidez a unas empresas. Incluso cumpliendo otros requisitos especiales pueden postergar hasta por dos meses el pago del IVA devengado en un periodo. 

Sumado a los ejemplos anteriores, podemos mencionar otros más que requieren un estudio mucho más avanzado sobre el tema ¡Y en los cuales contarás con nuestra asesoría. Por ello, con toda esta información, te invitamos a atreverte, formalizar tu negocio y obtener todas las ventajas. 

Javiera Hernández, Licenciada en Ciencias Jurídicas, equipo Alpha Prima.

Categoria:

Lectura Obligada |Tips legales para emprender

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